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Derecho Comcerical de Entidades Financieras, COMUNICACIONES BCRA 2329 A / 21/04/95 Y 3851 A

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BCRA COMUNICACION / «A»   2329 / 21/04/95 Y 3851A

Cuenta corriente
— Apertura: Para proceder  a la  apertura de una cuenta de estas características, que necesariamente deberá contar con la posibilidad del uso de cheques, se presentará una solicitud en la fórmula que la entidad proporcione al efecto y en la que constarán como mínimo:
– Los siguientes datos, correspondientes al solicitante y, en su caso, a cada una de las personas…
— Nombres  y apellidos completos.
–Fecha  y  lugar de  nacimiento.
— Estado civil.
— Profesión, oficio, industria, comercio…
— Domicilios  real  y  especial…
–CUIT
— El compromiso del solicitante  y   de las personas a cuya orden quedará la cuenta de no librar cheques en moneda que   no sea aquella  en  que   este abierta la cuenta y re redactarlos en idioma nacional…
— La conformidad del cliente para que se le debiten de la cuenta corriente  las comisiones pactadas libremente al  momento de   la apertura o posterior-  mente, por   los servicios  que preste  la entidad…
– Cuando se   trate de personas jurídicas, se consignarán, además:
— Denominación o razón social y domicilio legal.
— Fecha  de contrato o estatuto y    plazo de   duración de la sociedad
— Fecha y número de inscripción en    el pertinente registro oficial.